La Constitución española de 1812 estableció la creación de las diputaciones provinciales, aunque su consolidación como entidad local, de ámbito provincial, no se produjo hasta años después
Los diputados liberales, reunidos en Cádiz para debatir el texto constitucional, acordaron dividir el territorio nacional en provincias y otorgarle cierta autonomía administrativa:
En cada provincia habrá una Diputación llamada provincial, para promover su prosperidad, presidida por el jefe superior.
Estas nuevas instituciones no fueron ajenas a los cambios políticos del primer tercio del siglo XIX. Así, las diputaciones fueron suprimidas en 1814, con la llegada de Fernando VII al poder, y reaparecieron durante el Trienio Liberal (1820-1823), momento en el cual aflora otra diputación, la de Xàtiva (1822-1823), al dividirse el territorio valenciano en cuatro provincias: Castelló, València, Xàtiva y Alicante (Decreto de las Cortes de 27 de enero de 1822 y R. O. de 29 de marzo).
La vuelta de Fernando VII en 1823, con la ayuda de los Cien mil hijos de San Luís, daba fin al Trienio Liberal y desaparecían de nuevo las diputaciones. Habría que esperar la muerte del rey, en 1833, porque estas se restablecieron definitivamente. El Real Decreto de 30 de noviembre de 1833 sobre la definitiva división territorial, acordaba la reducción a tres provincias, las actuales de Castelló, València y Alicante
La Diputación de València celebró su primera sesión el 17 de enero de 1836, presidida por el gobernador civil. Las atribuciones eran, además del control y supervisión de la administración municipal, competencias en materia de fomento de la agricultura, industria, montes, minas, carreteras y caminos vecinales, instrucción pública y bellas artes; a las cuales se sumaron las benéficas después de la ley de Beneficencia de 1849 y la supresión de las Juntas de Beneficencia en 1868. Por este motivo la Diputación de València asumió establecimientos benéficos como la Casa de la Misericordia, la Casa de la Beneficencia y el Hospital General, así como el Teatro Principal y la Plaza de toros, que dependían de los organismos anteriores.
Estas competencias cambiarían a partir del Estatuto municipal de 1924, que otorgaba más autonomía a los ayuntamientos, y el provincial de 1925 que le confería competencias de ámbito provincial; pero hasta la Constitución de 1978 y la promulgación del Estatuto de Autonomía en 1982, que han limitado sus competencias, podemos considerar que las diputaciones fueran, durante estos años, unas instituciones administrativas, de carácter local, de gran importancia a nivel político, educativo, cultural y social.